El CER ajusta mediante la variación pasada del índice
de precios al consumidor (índice de inflación),
los contratos del mes en curso. Deberá tomarse en
cuenta el valor del Coeficiente de Estabilización
de Referencia correspondiente a la fecha de vencimiento de
la obligación.
El cálculo se realiza multiplicando
el valor original de la obligación por
el valor del coeficiente de actualización.
Monto a pagar o cobrar = Valor del CER x Monto
pactado originalmente.
Por ejemplo: Quien tenga que ajustar una obligación
ajustable por CER acordadada originalmente
en u$s 1.000 deberá aplicar para el
pago o cobro del mes de febrero el valor correspondiente
al 28 de febrero de 2002 (si ese día
venciera) que equivale a 1,0179. Es decir que
en febrero pagará un incrementó de
1,79% lo que determinará un saldo de
$ 1017,90.
Monto a pagar = 1,0179 x $1000
Monto a pagar = $1017,90
Si el contrato venciera el 2 de marzo deberá actualizar
con el valor de ese día (que equivale
a 1.0194) por lo cuál deberá abonar
$1019,40.
Monto a pagar = 1,0194 x $1000
Monto a pagar = $1019,40
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