24 de Julio de 2008 | 00:29 hs
Área clientes / usuarios
›Ingresar     ›No soy cliente

Hay 25   activos

   
 
   
RESOLUCION GENERAL AFIP 1703/04.  
 


REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES (Monotributo). Cotizaciones fijas con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud. Nuevo importe. Procedimiento de excepción para su ingreso.

Artículo 1° — Los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), a efectos de su cobertura de s alud y la de cada uno de los integrantes de su grupo familiar primario incorporados a dicho régimen, deberán ingresar las cotizaciones fijas con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud —instituido por las Leyes N° 23.660 y N° 23.661, y sus respectivas modificaciones—, correspondientes a los meses de julio de 2004, inclusive, y siguientes, atendiendo a los importes —determinados en base a los valores fijados por la Decisión Administrativa del Jefe de Gabinete de Ministros N° 281, de fecha 24 de junio de 2004— que, para cada caso, se indican en el Apartado A del Anexo de la presente.

Art. 2° — Durante los meses de julio y agosto de 2004, los importes que figuran en el artículo 40, incisos b) y c), del Anexo de la Ley del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) o su CINCUENTA POR CIENTO (50%), de corresponder, inherentes a las referidas cotizaciones fijas se ingresarán de acuerdo con las formas, plazos y demás condiciones establecidas, respectivamente, por las Resoluciones Generales N° 1695 y N° 1699.

Art. 3° — En el transcurso de los meses indicados en el artículo precedente, el resultado que surja de la diferencia entre los importes consignados, para cada caso, en el Apartado A del Anexo de la presente y los que figuran en el artículo 40, incisos b) y c), del Anexo de la Ley del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) o su CINCUENTA POR CIENTO (50%), de corresponder, se ingresará mediante depósito en cuenta, ante cualquier entidad bancaria habilitada.

Para realizar dicho pago adicional se deberá presentar ante la entidad bancaria habilitada el Formulario F. 155 —volante de pago—. El tique que entregue la institución bancaria será el comprobante de pago.

El aludido Formulario F.155 podrá obtenerse en cualquiera de las dependencias de este organismo o en su página “Web” (http://www.afip.gov.ar). A tal fin, se deberá acceder a dicha página “Web” y seleccionar el submenú “Formularios”.

El plazo para efectuar este pago adicional será, respectivamente, hasta los días 20 de julio y 9 de agosto de 2004.

Art. 4° — A efectos de la utilización del Formulario F.155, se deberán cubrir los campos correspondientes a Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), período, impuesto “024”, concepto “019”, subconcepto “078” e importe.

Con relación al valor que se consignará en el campo “importe”, se deberán tener en cuenta los montos que, para cada caso, se indican en el Apartado B del Anexo de la presente.

Art. 5° — Apruébase el Anexo que forma parte de la presente.

Art. 6° — De forma.


ANEXO - RESOLUCION GENERAL N° 1703.

 

Pequeño contribuyente adherido al Régimen Simplificado

(Monotributo) Régimen General
Titular
$ 24,44.-
Cada integrante del grupo familiar primario
$ 22,22.-

Pequeño contribuyente inscripto en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social y adherido al Régimen Simplificado (Monotributo)

Monotributo Social

Titular
$ 12,22.-
Cada integrante del grupo familiar primario
$ 11,11.-

B - Valor a consignar en el campo “importe” del Formulario F.155.

Monotributista – Régimen General
Monotributista Social
Titular
$ 2,44
Titular
$ 1,22
Titular y 1 G F (*)
1
$ 5,66
Titular y 1 G F (*)
1
$ 2,83
Titular y 2 G F
2
$ 8,88
Titular y 2 G F
2
$ 4,44
Titular y 3 G F
3
$ 12,10
Titular y 3 G F
3
$ 6,05
Titular y 4 G F
4
$ 15,32
Titular y 4 G F
4
$ 7,66
Titular y 5 G F
5
$ 18,54
Titular y 5 G F
5
$ 9,27
Titular y 6 G F
6
$ 21,76
Titular y 6 G F
6
$ 10,88
Titular y 7 G F
7
$ 24,98
Titular y 7 G F
7
$ 12,49
Titular y 8 G F
8
$ 28,20
Titular y 8 G F
8
$ 14,10
Titular y 9 G F
9
$ 31,42
Titular y 9 G F
9
$ 15,71
Titular y 10 G F
10
$ 34,64
Titular y 10 G F
10
$ 17,32
Titular y 11 G F
11
$ 37,86
Titular y 11 G F
11
$ 18,93
Titular y 12 G F
12
$ 41,08
Titular y 12 G F
12
$ 20,54
Titular y 13 G F
13
$ 44,30
Titular y 13 G F
13
$ 22,15
Titular y 14 G F
14
$ 47,52
Titular y 14 G F
14
$ 23,76
Titular y 15 G F
15
$ 50,74
Titular y 15 G F
15
$ 25,37