Tabla de contenidos

 

Seleccione el Año: Seleccione el Mes: Seleccione:
Compartir

  Jueves 24 de Enero de 2013 | Info.Arizmendi 3045 Compartir en: Facebook   Twitter   More...  
Info.Arizmendi
       
 
Comentarios
LABORAL
Paritarias. Criterios para la absorción o compensación de incrementos voluntarios dispuestos por el empleador.

En momentos en que se debaten intensamente cuestiones relativas a la negociación paritaria es oportuno revisar en qué condiciones el empleador puede compensar esos incrementos.

Cuándo la empresa persigue ese objetivo con antelación, lo manifiesta normalmente en recibos de salarios con la denominación “a cuenta de futuros aumentos” o similar que significa su voluntad de compensar su monto con el que resulte de incrementos pactados vía negociación paritaria, normalmente, en el marco de un convenio colectivo de trabajo de actividad.

También puede ocurrir que abone un salario superior al que está estrictamente obligado por convenio y que esa diferencia se consigne por ejemplo, con denominaciones tales como “adicional voluntario”, “adicional empresa” o similares. Finalmente, puede suceder que no se haga mención alguna, limitándose a liquidar esa mayor remuneración bajo un rubro genérico (p.ej: “sueldo”).

Si bien, en cualquiera de los casos antes referidos, como regla general, el empleador podría compensar cualquier incremento remunerativo o no surgido de un acuerdo colectivo, existen las siguientes restricciones frecuentes en la negociación colectiva en años recientes:
1) En el acuerdo colectivo se estipula que el empleador sólo podrá compensar o absorber montos que estuviere pagando desde determinada fecha, próxima a la entrada en vigencia de aquel.
2) Si se estipula que el empleador no podrá compensar o absorber incrementos que no hubiera otorgado expresamente “a cuenta de futuros aumentos”.
3) El acuerdo colectivo estipula conjuntamente las dos restricciones anteriores: el empleador sólo podrá compensar o absorber montos que estuviere pagando desde determinada fecha y siempre que lo hubiera otorgado expresamente “a cuenta de futuros aumentos”.
4) Finalmente, según alguna jurisprudencia -criterio discutible y que debe analizarse cuidadosamente-, tampoco podría ejercer esa facultad el empleador que habiendo otorgado un aumento a cuenta hace mucho tiempo, jamás ejerció ese derecho, conducta que –que según el fallo que citamos- obligaría al empleador a mantener la misma conducta (no compensar) en el futuro (CNTrab, sala VI, 12/09/2011, “Martínez, Carlos Alfonso c/ Consorcio Olazábal 3624/76).

 


IMPOSITIVO
IVA. Transferencia de Inmueble Rural. Bienes de cambio adheridos al suelo.

El primer párrafo del inciso a) del artículo 2, establece que configura venta de cosas muebles: la enajenación de aquellos, que siendo susceptibles de tener individualidad propia, se encuentren adheridos al suelo al momento de su transferencia, en tanto tengan para el responsable el carácter de bienes de cambio.

Siguiendo las disposiciones del Código Civil, son inmuebles por accesión aquellas cosas muebles adheridas físicamente al suelo, con carácter de perpetuidad.

Entendemos que el fin perseguido por el legislador con esta norma ha sido el de incluir dentro del ámbito de imposición del tributo, a los productos primarios que se encuentran adheridos al suelo -granos, frutas, sementeras, madera en pie, - al momento de la enajenación, discriminándolos del inmueble rural que los contiene, -cuya venta se halla excluida del objeto del impuesto-, siempre que tengan individualidad propia y revistan para el responsable el carácter de bienes de cambio.

Por ejemplo, si se transfiere una parcela de campo y la misma tiene adherido, al momento de la venta, plantaciones que constituirán cereal cuando se cosechen, estaremos frente a una cosa mueble que tiene individualidad propia, que por tal motivo tiene un valor económico, que no constituye un inmueble por accesión, y tendrá para el responsable el carácter de bien de cambio. Al igual que este ejemplo podrá ser de aplicación a los casos de legumbres, hortalizas y frutos que no se encuentran cosechados al momento de la transferencia del inmueble.


 
Arizmendi Legislación Online
 
Temas de interés
IMPUESTOS
El intercambio de información fiscal con Uruguay comienza en febrero.

El titular de la Dirección General Impositiva de Uruguay, Pablo Ferreri, confirmó que a partir del próximo 7 de febrero comenzará la aplicación del Acuerdo de Intercambio de Información Tributaria, firmado con Argentina en abril de 2012, que fuera ratificado por los parlamentos de ambos países.

Los pedidos de información fiscal no son retroactivos pero a partir de la fecha indicada se podrá acceder a información sobre entidades financieras, mandatarios o fiduciarios, datos vinculados a la propiedad de sociedades personales, fideicomisos y fundaciones.

Fuente: Comunicado de Prensa de la Embajada del Uruguay


RECURSOS HUMANOS
Cómo seleccionar a los Mejores Candidatos.

Para que una organización alcance el éxito deben interceder e interactuar diversos factores. Sin embargo, hay uno de ellos que es clave para las empresas: su capital humano.

Personas idóneas, talentosas y comprometidas pueden convertirse en un trampolín para una organización. Es por ello que el proceso de selección de una compañía se convierte en una de las estrategias más importantes.

Si bien es cierto que en actualmente, existen cientos de reconocidas prácticas y pruebas psicológicas para el reclutamiento de personal, también debemos considerar que hay ciertas “técnicas simples”, que pueden servir de filtro antes de entrevistar a los postulantes para una organización.

A considerar:

- Definición de puesto:
En primera instancia hay que analizar el cargo para el que se buscan los postulantes. Establecer las necesidades del puesto es determinante (es el momento de evaluar estudios, experiencia, profesión, capacidades, etc.).

- Pre selección:
En segunda instancia y a partir de las características ya mencionadas, se tendrá un primer filtro para deducir cuáles son los candidatos idóneos para el puesto a cubrir. De esta forma, el siguiente paso es elegir una cantidad determinada de currículums que cumplan con las características necesarias. (Es conveniente asignar un puntaje a cada CV para comenzar las entrevistas con quienes consideramos más idóneos para el puesto).

- Preparar la entrevista:
Es fundamental para esta instancia haber desarrollado una lista con las preguntas necesarias, de forma tal que el tiempo de entrevista sea bien aprovechado y que las respuestas permitan recabar información suficiente.

- Momentos de la entrevista:
Primera etapa: Es conveniente utilizar los primeros minutos de la entrevista en darle confianza y tranquilidad al postulante, de modo que conteste con la mayor honestidad posible y aprovechando, además, la oportunidad de mostrar sus capacidades y conocimientos.
Segunda etapa: Deberíamos de conocer sobre las habilidades y experiencias del postulante, lo que será útil para definir si es la persona idónea para cubrir el cargo. En esta etapa de la entrevista es importante aprovechar las preguntas para dar espacio a que la persona pueda contestar más ampliamente y no sólo con un “sí o con un no”, asimismo poner a los candidatos en situaciones reales, de manera de confirmar que se está contestando con la verdad o que no se han preparado las respuestas. En este caso, las preguntas adecuadas serían ¿qué harías frente a este caso? O ¿cómo solucionaste tal problema en tu trabajo anterior?
Tercera etapa: Informarle al postulante de qué se trata el puesto, al terminar la entrevista, evitará que prepare las respuestas de acuerdo a lo que se busca en el cargo. Asimismo, se deberá medir el interés del posible seleccionado.

- Elección:
Es recomendable seleccionar a dos o tres candidatos para llamarlos a una segunda entrevista y determinar aquello que no se cerró en la primera instancia. Es importante que, en esta etapa, se encuentren presentes las personas relacionadas directamente con el cargo.

- Influencias:
Es fundamental que la persona que selecciona evite todas las subjetividades que podrían influir en éste. (Prejuicios, Afinidades físicas, Juicios de valor, Apreciaciones personales, etc.)

Recursos Humanos se ha convertido, en una de las áreas estratégicas de las organizaciones.

Esta valoración requiere de los prestadores de servicios y selectores, la capacidad de mantenerse actualizado con las nuevas técnicas y la constante profesionalización en el transcurso de los procesos de selección, alcanzando el éxito del negocio y así garantizando la captación del mejor talento que requiere la empresa para cumplir con su misión y con la visión estratégica en los planes de la organización.


Qué está pasando en...

Arizmendi Legislación Online no requiere instalar actualizaciones. ¡Nosotros lo actualizamos por Usted! Conozca día a día cuáles son las últimas normativas en materia Laboral, Impositiva y Agro.

Arizmendi Laboral Legislación Online
DOCUMENTACIÓN LABORAL
        Registro "on line" de empleadores (Ciudad de Buenos Aires)
             Ejercicio Fiscal 2012
                   Res. 22-13 Sst. CABA (B.O.14/01/13) (Comentario)

+ Actualizaciones

 

Arizmendi Impositivo Legislación Online
CONTROLADORES FISCALES
      INDICE
          Cuponeras Fiscales
                 Resolución AFIP 3.437/13 (B.O. 16/01/13) (Comentario)
         Nómina de equipos homologados y empresas proveedoras autorizadas
                 Resolución AFIP 3.436/13 (B.O. 16/01/13) (Comentario)

+ Actualizaciones

 

Arizmendi Agro Legislación Online
JUBILACIÓN: RÉGIMEN JUBILATORIO ESPECIAL TRABAJADORES AGRARIOS
        Régimen Provisorio Tramitación Solicitudes Prestaciones
              Circular DP 85-12 ANSES   (Comentario)

+ Actualizaciones

 

 
Le contamos que...

¿Sabía que Arizmendi ya tiene ACTUALIZADOS el CALENDARIO 2013 EN PDF para imprimir y el CALENDARIO 2013 INTERACTIVO para instalar y acceder siempre desde su computadora?

+ info

 
  Vencimientos  
     
     
  ● Agenda Previsional  
  ● Agenda Impositiva  
     
 
Le contamos que...

Ley 17.250.
-Los sujetos comprendidos en el régimen nacional de la seguridad social -empleadores, trabajadores autónomos o monotributistas- cuando gestionen o renueven habilitaciones, licencias o permisos para el ejercicio de actividades comerciales, industriales o de servicios, quedan obligados a generar el libre deuda previsional establecido por la ley 17.250.

-Y que también deberán generarlo cuando no se encuentren obligados a efectuar aportes al régimen nacional de la seguridad social, a fin de informar el motivo por el que no realizan aportes al mismo.

Compras en el exterior
-Para el período fiscal 2012 los empleados que computen como pago a cuenta la percepción por compras en el exterior, tendrán que cargar en el SIRADIG todas las deducciones ya registradas en el F 572 papel.

 
Arizmendi Responde...

Determinación de la cuota de ART.

¿Qué conceptos no remunerativos deben considerarse para determinar la cuota de ART?

Ver Respuesta

 
Banner Capacita
 

El contenido de esta página requiere una versión más reciente de Adobe Flash Player.

Obtener Adobe Flash Player

 

El contenido de esta página requiere una versión más reciente de Adobe Flash Player.

Obtener Adobe Flash Player

 
 
 
         
 
 
Arizmendi
 
 
 
 

Este Info.Arizmendi está actualizado al 23 de Enero de 2013

Envíe sus comentarios o sugerencias a infosuscriptores@arizmendi.com
 

INICIAR SESIÓN

Cerrar

Para acceder a nuestro contenido exclusivo deberás iniciar sesión.
Por favor ingresá tu usuario y contraseña.