La Resolución General AFIP 3684 (B.O. 10/10/2014) dispone que la determinación nominativa e ingreso de los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social, deberá efectuarse mediante la utilización de la Versión 38 del aplicativo “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS”, cuyas novedades recibe el sistema “Declaración en Línea”. La Resolución entró en vigencia el 10/10/2014 (fecha en que fue publicada en el Boletín Oficial) y será de aplicación obligatoria para la generación de las declaraciones juradas (F.931) correspondientes al mes devengado octubre de 2014 y siguientes. La obligación de utilización de la nueva versión del programa aplicativo o, en su caso, del sistema “Declaración en Línea”, comprende también las presentaciones de declaraciones juradas —originales o rectificativas— que se efectúen a partir del 10/10/2014 la vigencia de la presente, correspondientes a períodos anteriores. Cabe destacar las siguientes novedades. Se incorporan los códigos que deberán utilizar los empleadores alcanzados por las disposiciones del Título II de la Ley N° 26.940, que reglamentan los regímenes de reducción de contribuciones patronales para Microempleadores y de Promoción de la Contratación de Trabajo Registrado, a efectos de identificar a los trabajadores respecto de los cuales resulte de aplicación el beneficio fiscal. Son los siguientes:  Se habilita el código de modalidades de contratación “102 - Personal permanente discontinuo con ART (para uso de la E.U.)”, a efectos de dar cumplimiento al Decreto N° 762/14, cuyo Art. 4 –se recuerda- obliga a las empresas usuarias (E.U) de personal suministrado por empresas de servicios eventuales, a incorporar al mismo a su nomina, a los efectos de la cobertura de Riesgos de Trabajo. Además, la versión incorpora en la tabla de “Códigos de Situación de Revista” el código 42 Empleado Eventual de Empresa Usuario (para uso de E.S.E. –empresa de servicios eventuales-) 42 Empleado Eventual en Empresa Usuaria (para uso de la E.S.E.) Se incluyen las modificaciones establecidas por la Resolución N° 38136 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, con relación a la prima y a la suma asegurada (como se recuerda, de $ 4,10 y $ 20.000, respectivamente, desde el 01/04/2014). Se actualizan los montos mínimo y máximo de la base imponible para la determinación de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social, aplicables al período devengado septiembre de 2014 y siguientes, conforme a lo establecido por la Resolución N° 449/2014 de la ANSeS. |