Cuentas bancarias de productores agropecuarios: crean registro para acceder a beneficios
CPN. Osvaldo Purciariello | Depto Técnico Legal Impositivo.
Publicado en agrofy.com.ar
A los fines del usufructo de los beneficios de exención y/o reducción de la alícuota del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias los productores agropecuarios y las entidades vinculadas a la actividades (asociaciones, fundaciones, cooperativas) que realicen las operaciones alcanzadas por el mencionado tributo deberán inscribir las cuentas bancarias a las cuales les resultan aplicables dichos beneficios, en el “Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias”.
Explica el asesor legal de Arizmendi Osvaldo Purciariello que la Resolución General AFIP 3.900/2016 dispone que asimismo, deberán cumplir con la obligación dispuesta en el párrafo anterior, los sujetos exentos en virtud de convenios, tratados o acuerdos internacionales, suscriptos por la Nación y aprobados por ley.
El “Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias” formará parte de los “Registros Especiales” que integran el “Sistema Registral”.
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