Qué debe tener en cuenta un trabajador de la actividad rural que pretende jubilarse
Dr. Fernando Bianchi | Depto. Técnico Legal Laboral
Publicado en agrofy.com.ar
Como bien se sabe hace algunos años se ha modificado el régimen rural y con ello el régimen jubilatorio de estos trabajadores, mediante la sanción de la ley 26.727 (B.O. 28/12/2011), se introdujeron una serie de modificaciones en cuanto a materia de seguridad social, respecto de los trabajadores rurales, los cuales ya no deben aguardar a reunir los requisitos generales para acceder a la jubilación que fija la ley 24.241, sino que desde la sanción de la ley 26.727, tienen derecho a la jubilación ordinaria al cumplir la edad de cincuenta y siete (57) años de edad, sin distinción de sexo, en tanto acrediten veinticinco (25) años de servicios, con aportes en la actividad rural.