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Modifican la tasa de interés prevista para impuestos y recursos de la seguridad social

Dr. Carlos de Celis | Depto. Técnico Legal Laboral.
Publicado en Iprofesional

 

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El Ministerio de Hacienda a través de la publicación de la Resolución 50/19 publicada en el Boletín Oficial del 8 de febrero de 2019, modifica las tasas vigentes en cada trimestre calendario a partir del primer día de abril del corriente año.


A tal efecto, se establece que las tasas vigentes en cada trimestre calendario serán las siguientes:

- Interés resarcitorio mensual: efectiva mensual equivalente a 1,2 veces la tasa nominal anual canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos a 180 días del Banco de la Nación Argentina vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del trimestre correspondiente.

- Interés punitorio mensual: efectiva mensual equivalente a 1,5 veces la tasa nominal anual canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos a 180 días del Banco de la Nación Argentina vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del trimestre correspondiente.

Se debe tener en cuenta que a los efectos de cancelar obligaciones cuyo vencimiento hubiera operado hasta el 28 de febrero de 2019, se aplicarán las tasas vigentes a cada uno de los períodos cancelados.

Finalmente, el Dr. Carlos de Celis, especialista laboral de Arizmendi, remarca que hasta la aplicación de las nuevas tasas, entre el primero y el 31 de marzo del 2019, se aplicará el 4,5% como tasa de interés resarcitorio y el 5,6% de interés punitorio mensual.

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