Ingreso Familiar de Emergencia
Dra. Marina Simondegui | Depto. Técnico Legal Laboral
Publicado en iProfesional
En el marco de la emergencia sanitaria, el Gobierno Nacional dispuso un Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) para los trabajadores informales y monotributistas de las primeras categorías.
Por medio del Decreto 310/2020 (B.O. 24/03/2020) se establece con alcance nacional un “INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA” como una prestación monetaria no contributiva de carácter excepcional destinada a compensar la pérdida o grave disminución de los ingresos de las personas afectadas por la situación de emergencia sanitaria.
El Ingreso Familiar de Emergencia será otorgado a las personas que se encuentren desocupadas; se desempeñen en la economía informal; sean monotributistas inscriptos en las categorías “A” y “B”; monotributistas sociales y trabajadores y trabajadoras de casas particulares, explica la Dra. Marina Simondegui, especialista laboral de Arizmendi.
A los fines de la percepción de este beneficio las personas deben cumplir con los siguientes requisitos:
a. Ser argentino nativo o naturalizado y residente con una residencia legal en el país no inferior a dos (2) años.
b. Tener entre 18 y 65 años de edad.
c. No percibir ingresos por:
i. Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado.
ii. Monotributistas de categoría “C” o superiores y régimen de autónomos.
iii. Prestación por desempleo.
iv. Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
v. Planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes de la Asignación Universal por Hijo o Embarazo o PROGRESAR.
El IFE es compatible con el cobro de la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo y el programa Progresar.
La prestación por este Ingreso Familiar de Emergencia será de pesos diez mil ($10.000), lo percibirá un (1) solo integrante del grupo familiar y se abonará por única vez en el mes de abril del corriente año.
El Ingreso Familiar de Emergencia deberá ser solicitado ante la ANSES y este organismo, previo a su otorgamiento, efectuará evaluaciones socioeconómicas y patrimoniales sobre la base de criterios objetivos.
El trámite de solicitud se debe realizar únicamente completando un formulario por internet a través de la página institucional de ANSES: https://www.anses.gob.ar/ingreso-fam...-de-emergencia.
La preinscripción se debe realizar entre el 27 y el 31 de marzo completando un formulario por internet de acuerdo a la terminación del número de DNI, de acuerdo al siguiente cronograma:
• DNI terminado en 0 y 1: viernes 27
• DNI terminado en 2 y 3: sábado 28
• DNI terminado en 4 y 5: domingo 29
• DNI terminado en 6 y 7: lunes 30
• DNI terminado en 8 y 9: martes 31
Una vez finalizada la preinscripción, ANSES analizará la información y podrá solicitar datos complementarios, por ejemplo, una cuenta bancaria para el pago.
Aquellas personas que cobren la Asignación Universal por Hijo o por Embarazo no necesitan hacer el trámite ya que se les va a abonar automáticamente si cumplen con los requisitos.