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Trabajadores agrarios: plan de Regularización Registral

Dra. Marina Simondegui | Depto. Técnico Legal Laboral
Publicado en Agrofy

 

El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores implementó, a través de la Resolución 360/2020 (B.O. 24/11/2020), un “Plan Nacional de Regularización Registral” dirigido a los empleadores de la actividad agraria que se encuentran registrados como tales y declaran a sus dependientes por ante la AFIP, pero no han procedido a realizar la formal registración dentro del portal web del RENATRE en los términos de la Resolución RENATRE 64/2018.


El plan regirá, a partir del 24 de noviembre, por el término de 180 días corridos, comenta la Dra. Marina Simondegui, especialista laboral de Arizmendi.


Durante la vigencia del Plan, el RENATRE inscribirá de oficio y con carácter provisorio a los empleadores rurales notificándolos fehacientemente de ello, sin perjuicio de lo cual, los intimará a cumplir con la debida registración ante ese organismo y procederá a la determinación oficiosa de deuda por el total y/o las diferencias debidas en materia de contribución en los términos de Artículo de la Ley 25.191, disponiendo el inicio formal del procedimiento de recupero y cobro de la deuda.


Durante el plazo de vigencia del plan se dispensará a quienes procedan a regularizar su situación registral, de las sanciones que establece la Ley 25.191. Pero esta dispensa no será aplicable a los empleadores que hayan sido declarados en infracción en forma previa a la entrada en vigencia del Plan o que se encuentren incursos en algún proceso de verificación administrativa. 


La inscripción provisoria al registro caducará de pleno derecho una vez vencido el plazo de vigencia del Plan, es decir a los 180 días contados desde el 24 de noviembre. 

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