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Factura de Crédito Electrónica para MIPYMES: implementación del sistema de Circulación abierta a partir del 01/04/2021

CPN. Gonzalo Alcorta | Depto. Técnico Legal Impositivo
Publicado en news.agrofy.com.ar

 

Por medio de la Resolución 103/2020(SPYMEYE -MDP), la Resolución General AFIP 4919/2021 y la Comunicación A 7219 del BCRA, se introducen cambios en el Régimen de factura de crédito electrónica con la implementación del “Sistema de Circulación Abierta para FCE MIPYMES” y cuya entrada en vigencia opera a partir del día 01/04/2021. Al momento de emitir la factura y efectuar la solicitud de autorización de emisión FCE se debe seleccionar alguna de las siguientes opciones de transmisión:
 1) Un Agente de Depósito Colectivo.
 2) El Sistema de Circulación Abierta.

Sin perjuicio del cumplimiento de la Ley No 27.440 y su reglamentación, el Sistema debe dar estas dos opciones que deben estar disponibles al emitir la factura de crédito electrónica. 

El régimen de factura de crédito electrónica al momento de emitirse deberá otorgar al emisor la facultad de optar entre la transmisión de la misma a un Agente de Depósito Colectivo para su negociación en los mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores, o el envío al sistema que implemento  el BCRA; y al momento de realizar la aceptación expresa de cada Factura de Crédito Electrónica MiPyME, el deudor deberá indicar como modalidad de pago, un banco pagador y su respectiva cuenta de origen ( Se debe informar el CBU del deudor) para que la cancelación se realice mediante compensación interbancaria al momento de la presentación al cobro de la Factura de Crédito Electrónica.

Se debe informar en el sistema la CBU o alias de la cuenta de pago para permitir la compensación interbancaria de las FCE aceptadas y no canceladas totalmente, para las que no se hubiera indicado una cuenta de pago en el registro de AFIP.

Las MIPYMES podrán endosar, ceder y descontar la FCE desde el homebanking. Con una operatoria similar a la del Cheque Electrónico (ECHEQ), el Sistema de Circulación Abierta de la FCE permitirá que las MiPymes proveedoras de Grandes Empresas puedan acceder a una mayor cantidad de fuentes de financiamiento anticipado, así como también mejorará la certeza de cobro, ya que la falta de pago al vencimiento de las facturas se verá reflejada en la Central de Deudores del Banco Central.

En el caso de FCE emitidas en moneda extranjera, la empresa deudora, en cualquier momento y hasta la fecha de pago inclusive, podrá informar la cancelación de la FCE, debiendo la MIPYME o el acreedor del pago dar conformidad de dicha información para que la FCE se considere pagada en el sistema, comenta el CPN Gonzalo Alcorta, especialista laboral de Arizmendi.

La CBU o alias de la cuenta pagadora y de la cuenta de cobro deberán ser informados en la misma moneda en la cual fue emitida la FCE.

La fecha de inicio para el beneficio queda establecida con la publicación en la página web de la AFIP de los manuales destinados a que las Pymes y grandes empresas adapten sus sistemas de facturación e incorporen el nuevo Sistema de Circulación Abierta para la factura de crédito electrónica.

Los manuales para que  los desarrolladores adapten el sistema e incorporen la posibilidad de hacerlo a través de operatoria bancaria, podrán ser encontrados en el Micrositio de Factura Electrónica de la AFIP:
https://servicioscf.afip.gob.ar/fact...a/manuales.asp

Al momento de la emisión de la factura y para el caso que esta no fuera cancelada en el plazo de 30 días actualmente vigente, se puede optar por enviar la FCE a un Agente de Depósito Colectivo (mercado de valores). Ahora se suma el Sistema de Circulación Abierta a través de entidades bancarias.

De acuerdo a lo informado por las autoridades oficiales que regulan el régimen en el marco de una reunión con profesionales efectuada en el Consejo profesional de Ciencias económicas de CABA, confirmaron que por ahora el registro de factura electrónica de crédito, admite dentro de los 30 días dentro del plazo de la aceptación expresa y tacita de la FCE, poder modificar la opción seleccionada al comienzo de emitir la FCE. Si se optó por el sistema de circulación abierta podrá modificar por la opción de pago Agente de Depósito de la FCE.

A partir del 01/04/2021, las MIPYMES que deban emitir la FCE si aún no adaptaron sus sistemas emisión de comprobantes por web service, podrán optar como alternativa operativa por el sistema de comprobantes en línea de la AFIP, con clave fiscal, con los nuevos cambios reglamentarios a partir del mes de abril.

Esta última opción posibilitará, entre otras funciones, su circulación extrabursátil, negociación, transmisión, cancelación mediante compensación interbancaria, y el registro de su cancelación luego de su aceptación (tácita o expresa) y antes de su vencimiento.

Adicionalmente, en caso de que alguna FCE resulte impaga se podrán celebrar acuerdos de pago extrajudiciales en el sistema, o bien, solicitar la emisión de un comprobante para ejercer acciones legales. El comportamiento de pago de las empresas deudoras será informado a una Central de Deudores de FCE impagas al vencimiento que administrará el Banco Central.

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