Programa de recuperación económica, generación de empleo e inclusión social para los trabajadores de casas particulares
Dra. Marina Simondegui | Depto. Técnico Legal Laboral
Publicado en news.agrofy.com.ar
El objetivo del programa es incentivar la registración de los trabajadores del régimen del personal de casas particulares a través de distintos beneficios. Es decir, crear un nuevo empleo formal para estos trabajadores y mejorar las condiciones de trabajo como así el acceso a los derechos laborales.
El Programa “Registradas” consiste en el otorgamiento de una suma de dinero fija a los trabajadores de casas particulares a cuenta del pago de las remuneraciones que deba efectuar el empleador.
El programa puede ser solicitado por los empleadores que cumplan las siguientes condiciones, comenta la Dra. Marina Simondegui, especialista laboral de Arizmendi:
a) haber obtenido ingresos brutos, cuyo promedio mensual sea igual o inferior a la suma de $ 175.000 durante los 12 meses anteriores a la entrada en vigencia del decreto (28/09/2021); y
b) registrar una nueva relación laboral comprendida en el Régimen establecido en la Ley 26.844 a partir de la fecha de inicio del Programa.
La nueva relación laboral debe reunir los siguientes requisitos:
a) estar encuadrada en las categorías de personal para tareas específicas, de caseros y caseras, de asistencia y cuidado de personas o de personal para tareas generales; y
b) tener una dedicación igual o mayor a 12 horas semanales de trabajo.
El beneficio del Programa “Registradas” presenta las siguientes características:
1) Monto
a) Para los empleadores cuyos ingresos brutos mensuales no superen el 70% de $ 175.000, el beneficio será igual a una suma mensual equivalente al 50% de la remuneración neta mensual mínima que por convenio le corresponde al trabajador, en función de las horas y la categoría laboral declaradas por el empleador al momento de la inscripción al Programa.
b) Para los empleadores cuyos ingresos brutos mensuales se encuentren comprendidos entre el 70% y el 100% de $ 175.000, el beneficio será igual a una suma mensual equivalente al 30% de la remuneración neta mensual mínima que por convenio le corresponde al trabajador, en función de las horas y la categoría laboral declaradas por el empleador al momento de la inscripción al Programa.
El monto mensual máximo del beneficio será de $ 15.000.
2) Duración
El beneficio se extenderá por un plazo de 6 meses contados a partir de su otorgamiento.
3) Cada empleador se podrá inscribir en el Programa para acceder al beneficio, únicamente por una sola relación laboral.
4) El trabajador solo podrá estar inscripto en el Programa bajo la nómina de un solo empleador.
5) El Programa no podrá ser utilizado para la contratación de personal de casas particulares perteneciente al grupo familiar del empleador. Tampoco por los empleador que hayan solicitado la baja de una relación laboral de personal de casas particulares a partir del 28 de septiembre de 2021.
6) Plazo de inscripción
La inscripción al Programa permanecerá abierta hasta el 31 de diciembre de 2021.
7) Pago del beneficio
El pago del beneficio del Programa estará a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
8) Desde el momento de la adhesión al Programa, el empleador deberá mantener el puesto laboral por un plazo mínimo de 4 meses posteriores a la finalización del beneficio.
9) En caso de incumplimiento de los requisitos del programa, el empleador deberá realizar la devolución total del monto en pesos que se haya otorgado en el marco del programa.