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Monotributo: Reintegro por cumplimiento de pago

CPN. Gonzalo Alcorta | Depto. Técnico Legal Impositivo
Publicado en news.agrofy.com.ar

 

Mediante una nueva reglamentación la AFIP estableció las condiciones para acceder al beneficio previsto para las y los pequeños contribuyentes (RS-Monotributo-Ley 24977 y 27618, 27639 y Decreto 01/2020 y modificatorias) que cancelan el monotributo a través de débito directo de cuenta bancaria o tarjeta de crédito. El beneficio del reintegro que se efectivizará el próximo año con aplicación de oficio (automático).

El artículo 31 del Decreto1/2010 reglamentario del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes estableció un beneficio para los pequeños contribuyentes que hubieran cumplido en tiempo y forma con el ingreso del impuesto integrado y, en su caso, de las cotizaciones previsionales, correspondientes a los DOCE (12) meses calendario, así como con las obligaciones formales y materiales pertinentes, consistente en el reintegro de un importe equivalente al impuesto integrado mensual.

El artículo 43 de la Resolución General AFIP 4309 previó los medios de pago -débito automático en tarjeta de crédito o directo en cuenta bancaria- que deberán emplear los pequeños contribuyentes a efectos de usufructuar el beneficio, así como la modalidad en que se efectuará el reintegro mencionado en el párrafo anterior.

Con el dictado de la presente Resolución General se establece que a los efectos de acceder al beneficio del reintegro de un mes del impuesto integrado con carácter de excepción respecto del año calendario 2021, se tendrán por cumplidos los requisitos si hubieran abonado el impuesto integrado y las cotizaciones previsionales de al menos nueve (9) períodos mensuales mediante débito directo en cuenta bancaria o la utilización de tarjetas de crédito y la totalidad de los restantes períodos mensuales de dicho año se hubieran cancelado por reimputación de saldos a favor o por cualquiera de las modalidades de pago.

Para adherirte al débito tenés que comunicarte con la entidad administradora.

Débito Automático en Tarjetas de Crédito:  MasterCard, Caba, Visa.

Débito Automático en Cuenta (CBU).

Para solicitar la adhesión del débito automático en tu cuenta bancaria en pesos, tenés tres alternativas:
• Dirigirte al banco y solicitar allí la adhesión al servicio.
• Realizar la adhesión al débito automático por teléfono.
• Hacerlo directamente desde el Portal de Monotributo, ingresando con clave fiscal, en la solapa “Pagos”. Recordá tener a mano tu número de CUIT y de CBU (Clave Bancaria Uniforme).

Una vez que hayas realizado la adhesión al débito y abonado a través de esta opción los 9 períodos fiscales mensuales, el reintegro se efectuará el año calendario siguiente.

El respectivo importe será acreditado automáticamente en la cuenta adherida al servicio o en la tarjeta de crédito respectiva.

Fuente: RG AFIP 5100/2021 (B.O. 18/11/2021).

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